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Corte Suprema Falló a Favor de Regantes y Ordenó al Municipio de Chillán dejar de usar las Vertientes de las Termas

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El 13 de noviembre de 2017 la Corte Suprema acogió el recurso de casación que presentó la Junta de Vigilancia del Río Diguillín (JVRD) con el que se anulaba la sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán, que absolvió al municipio local de las demandas para que cesara de extraer agua de las vertientes en las Termas para proveer de agua a los hoteles concesionados y los condominios aledaños.

Es decir desde esa fecha que a la municipalidad, dueña del predio Termas de Chillán, no solo se le prohibió seguir extrayendo agua, sino que además se le ordenó retirar las obras que pemitían la conducción del agua al centro turístico concesionado a Nevados, pagar diversas multas y se ofició del fallo al Ministerio Público para que iniciara una investigación por el delito de usurpación ilegal de aguas.

El 12 de diciembre pasado, la JVRD presentó un escrito para que se verificara el cúmplase de la sentencia, sin embargo, y como lo admiten desde el mismo municipio, las obras siguen en el lugar y la extracción de agua, que pertenece a la cuenca del río Diguillín que administra la junta de vigilancia, no se ha detenido.

Para la junta, que defiende el derecho de los regantes,  quienes se declaran afectados por la falta de agua que les supone el desvío artificial, “el municipio está cayendo en el delito de desacato, por lo que ya contratamos a un abogado para que tome las acciones pertinentes”, explicó  Francisco Saldías, juez de aguas de la JVRD. Así, el caso quedó en manos del estudió jurídico penquista Moris y Cia.

Desde el municipio, en cambio, entienden que el fallo no se pronuncia en contra de sus derechos para regularizar el uso de las aguas, considerando que la fuente utilizada está dentro de un predio de su propiedad, y que tal acción se realiza desde antes de la entrada en vigencia (1981) de la normativa actual.

Es más, el abogado municipal Pedro San Martín dice que aún no se han retirado las obras “y no se va a hacer hasta que la parte demandante no haga todas las gestiones que siguen al trámite de presentar el escrito para que se verificara el cúmplase de la sentencia. Y esos son trámites que deben hacer ellos”.
Los demandantes advirtieron que si era necesario continuar con los alegatos en la Corte Suprema, lo harán, y de querellarse por desacato, la moción se debe hacer ineludiblemente en contra del alcalde Sergio Zarzar.

Opciones y escenarios

De acuerdo a las estimaciones de la Dirección General de Aguas (DGA) la cantidad de recurso que el municipio requiere para mantener el suministro en los hoteles y los condominios aledaños equivalen a la cantidad necesaria para regar cerca de 300 hectáreas agrícolas.

Se aclara también que no se trata de aguas termales.

Sin embargo, dentro de las opciones que la JVRD le ofrece a los demandados para que el centro turístico no se quede sin el suministro, está el comprar derechos sobre agua (lo que no solucionaría el problema total de los regantes que sufren sequías), el cambiar los puntos de captación o hacer pozos profundos.

Estas sugerencias ya fueron planteadas en los juicios de primera instancia tanto en el 2º Juzgado Civil, como en la Corte de Apelaciones de Chillán, y a la vez fueron desestimadas porque en ambas instancias se falló a favor del municipio.

Pese a lo anterior, ahora admiten que “ninguna alternativa ha sido descartada, pero la prioridad la tiene el procedimiento de regularización, toda vez que la municipalidad cumple con los requisitos para obtener de la autoridad administrativa y/o judicial en su caso, el reconocimiento del derecho de aprovechamiento de aquellas aguas que por tiempos inmemoriales han estado destinadas al uso en las Termas”, aclararon desde la unidad de Jurídica.

Un segundo juicio

En tanto ayer el alcalde Sergio Zarzar debió comparecer al 1º Juzgado Civil de Chillán en donde se interpuso una segunda demanda por parte de la JVRD y la DGA, moción en que se la denuncia por una supuesta extracción ilegal de aguas, esta vez de otras cinco vertientes de la cuenca del río Diguillín.

“Se trata de un procedimiento regular, pero no quisiera referirme mucho al tema hasta que esté todo zanjado”, dijo Zarzar a Radio La Discusión 94.7.
El municipio, por su parte, está buscando conseguir los derechos de extracción de 15 puntos en tales vertientes, lo que es rechazado por parte de la JVRD.

Fuente:http://www.ladiscusion.cl/detalle/19733/Junta%20acusa%20de%20desacato%20al%20municipio%20chillanejo

Tags: corte supremafalló a favorregantestermas de chillanvertientes

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